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TRANSANTIAGO,
TRANSPRECARIEDAD LABORAL...
Con motivo de la salida de circulación de un porcentaje
de vehículos de la locomoción colectiva (actuales micros
amarillas), producto de la puesta en marcha de otra etapa del "transantiago".
Gran número de choferes recaudadores, llamados así por que
además de conducir cobraban los pasajes, han quedado en total desamparo,
debido a que desconocen su actual condición laboral.
La primera complicación es no tener claridad en
quien se hace responsable de la decisión del presunto despido,
el dueño de la máquina, la asociación gremial de
dueños de vehículos de transporte o los mandantes (las empresas
que ganaron la licitación -ver recuadro adjunto), además
de la falta de pronunciamiento del Estado a través de los organismos
competentes. Quienes no se han pronunciando respecto de la actual situación
a que se ven enfrentados tantos trabajadores y que continuará sucediendo
hasta la implementación total del transantiago, en febrero próximo.
Ni siquiera como salida política se les brindó la posibilidad
de capacitarse para reinsertarse laboralmente en otras áreas o
inclusive dentro de otros medios de transporte.
Volvemos a la interrogante de ¿Cuál es ahora
su condición laboral, están suspendidos o despedidos?, si
bien la legislación laboral vigente establece que existen sólo
dos calidades; se esta trabajando o se esta despedido. Debido a que desde
el 27 de abril del presente año, no se les ha otorgado trabajo,
la información que han recibido los trabajadores de parte de sus
empleadores, es que quizás en un futuro cercano puedan ser reubicados
en otros recorridos, claro supuestamente, ya que quien les garantiza que
esto realmente ocurra, o es solamente una medida momentánea ya
que por uno u otro motivo el plazo máximo será febrero 2007.
Entonces ¿será solo para aquietar los ánimos?, o
para tener una causal de termino de contrato conveniente para los empresarios,
como la establecida en el Art.160 N.° 3, no concurrencia del trabajador
a sus funciones sin causa justificada.
Pues bien ¿qué ocurrirá además
con aquellos choferes con mas de 55 años de edad?, como se comprenderá,
no pueden jubilar ya que no cumplen con el requisito de la edad y de jubilar
anticipado ¿cuánto recibirían de jubilación
si, como bien "todos" sabemos, sus cotizaciones siempre han
sido por el ingreso mínimo ($127.500.-)? ¿Qué ocurre
con el derecho garantizado por la Constitución Política
del Estado, a la no discriminación? ¿Acaso esto no sería
discriminar por edad? ¿Sólamente la Ley se aplica en los
casos en donde el Estado no tiene ninguna vinculación?
Lo que no podemos dejar de mencionar es la gran preocupación
principalmente del Ministro del Trabajo, se preocupo tanto del tema y
de las empresas que ganaron la licitación del Transantiago que
una vez que dejo el cargo se fue a trabajar como Presidente del Directorio
de una de las empresas mas grandes INVERSIONES ALSACIA S.A. Será
para velar directamente por los derechos de los trabajadores, porque no
creemos que Alsacia lo haya tenido en consideración por el lobby
que podría hacer en el actual gobierno de la Sra. Bachelet ya que
además dicho personaje fue el jefe de campaña de la actual
presidenta.
Este es un indicio más de cómo los gobiernos actúan
como agentes de los grandes monopolios bajo la total impunidad, una y
otra vez. De este tipo de Estado (burgués) no se puede esperar
que vele por los derechos de los trabajadores, no se puede esperar ni
siquiera su tan cacareada justicia e igualdad de oportunidades frente
a la Ley. Evidentemente la legislación laboral está redactada
e implementada al servicio de los poseedores del poder económico.
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