TRANSANTIAGO, TRANSPRECARIEDAD LABORAL...

Con motivo de la salida de circulación de un porcentaje de vehículos de la locomoción colectiva (actuales micros amarillas), producto de la puesta en marcha de otra etapa del "transantiago". Gran número de choferes recaudadores, llamados así por que además de conducir cobraban los pasajes, han quedado en total desamparo, debido a que desconocen su actual condición laboral.

La primera complicación es no tener claridad en quien se hace responsable de la decisión del presunto despido, el dueño de la máquina, la asociación gremial de dueños de vehículos de transporte o los mandantes (las empresas que ganaron la licitación -ver recuadro adjunto), además de la falta de pronunciamiento del Estado a través de los organismos competentes. Quienes no se han pronunciando respecto de la actual situación a que se ven enfrentados tantos trabajadores y que continuará sucediendo hasta la implementación total del transantiago, en febrero próximo. Ni siquiera como salida política se les brindó la posibilidad de capacitarse para reinsertarse laboralmente en otras áreas o inclusive dentro de otros medios de transporte.

Volvemos a la interrogante de ¿Cuál es ahora su condición laboral, están suspendidos o despedidos?, si bien la legislación laboral vigente establece que existen sólo dos calidades; se esta trabajando o se esta despedido. Debido a que desde el 27 de abril del presente año, no se les ha otorgado trabajo, la información que han recibido los trabajadores de parte de sus empleadores, es que quizás en un futuro cercano puedan ser reubicados en otros recorridos, claro supuestamente, ya que quien les garantiza que esto realmente ocurra, o es solamente una medida momentánea ya que por uno u otro motivo el plazo máximo será febrero 2007. Entonces ¿será solo para aquietar los ánimos?, o para tener una causal de termino de contrato conveniente para los empresarios, como la establecida en el Art.160 N.° 3, no concurrencia del trabajador a sus funciones sin causa justificada.

Pues bien ¿qué ocurrirá además con aquellos choferes con mas de 55 años de edad?, como se comprenderá, no pueden jubilar ya que no cumplen con el requisito de la edad y de jubilar anticipado ¿cuánto recibirían de jubilación si, como bien "todos" sabemos, sus cotizaciones siempre han sido por el ingreso mínimo ($127.500.-)? ¿Qué ocurre con el derecho garantizado por la Constitución Política del Estado, a la no discriminación? ¿Acaso esto no sería discriminar por edad? ¿Sólamente la Ley se aplica en los casos en donde el Estado no tiene ninguna vinculación?

Lo que no podemos dejar de mencionar es la gran preocupación principalmente del Ministro del Trabajo, se preocupo tanto del tema y de las empresas que ganaron la licitación del Transantiago que una vez que dejo el cargo se fue a trabajar como Presidente del Directorio de una de las empresas mas grandes INVERSIONES ALSACIA S.A. Será para velar directamente por los derechos de los trabajadores, porque no creemos que Alsacia lo haya tenido en consideración por el lobby que podría hacer en el actual gobierno de la Sra. Bachelet ya que además dicho personaje fue el jefe de campaña de la actual presidenta.
Este es un indicio más de cómo los gobiernos actúan como agentes de los grandes monopolios bajo la total impunidad, una y otra vez. De este tipo de Estado (burgués) no se puede esperar que vele por los derechos de los trabajadores, no se puede esperar ni siquiera su tan cacareada justicia e igualdad de oportunidades frente a la Ley. Evidentemente la legislación laboral está redactada e implementada al servicio de los poseedores del poder económico.